Guía · Empresas
Cómo constituir una EAS: representante, documentos y capital
Qué pide el portal al socio extranjero, cuánto tarda la inscripción, cómo se integran los aportes y qué trámites siguen después de la constitución.
- 72 horas hábiles
- plazo que indica el portal EAS con el estatuto proforma, sin observaciones
- 8 días hábiles
- plazo con documento privado o escritura pública, sin observaciones
- 2 años
- plazo máximo para integrar las acciones
Qué es una EAS
La Empresa por Acciones Simplificadas (EAS) fue creada por la Ley 6480/2020. La pueden constituir una o más personas físicas o jurídicas. Su naturaleza es siempre comercial.
La EAS tiene personalidad jurídica desde su inscripción. Hasta entonces, cada socio responde en forma solidaria e ilimitada por lo contratado en nombre de la empresa. Después de la inscripción, la empresa responde con su propio patrimonio. Los socios responden solo hasta el monto de los aportes comprometidos.
No hay capital mínimo ni máximo. Todo el trámite pasa por el SUACE, del Ministerio de Industria y Comercio. Según el portal, la EAS no sirve para actividades financieras, educación superior ni ONG. Otras actividades reguladas necesitan sus propios permisos.
Socios extranjeros: qué pide el portal
Un extranjero sin radicación permanente puede crear una EAS y ser socio. Para eso necesita un representante legal de nacionalidad paraguaya o con cédula paraguaya.
Al portal se entra solo con la identidad electrónica del representante legal principal. Esa identidad se obtiene únicamente con cédula paraguaya.
Los socios extranjeros sin carnet de radicación permanente no pueden integrar el órgano de administración. Eso incluye presidente, director, síndico y representante legal titular o suplente.
Si el representante se designa con un poder hecho en Brasil, el poder debe estar apostillado o legalizado. Si está en portugués, se adjunta la traducción al español de un traductor matriculado ante la Corte Suprema de Justicia. Un poder hecho en Paraguay tiene que estar inscripto en el Registro de Poderes.
Paso a paso oficial y plazos
El representante crea su identidad electrónica y completa el formulario en el portal EAS. Los documentos se suben escaneados del original, en PDF.
El documento de constitución puede ser el estatuto proforma que genera el sistema, un documento privado con firmas certificadas por escribano o una escritura pública.
Sin observaciones, el portal indica 72 horas hábiles con el estatuto proforma y 8 días hábiles en los otros casos. Si hay una observación, tenés tres días hábiles para subsanarla, contados desde el primer día hábil después de la notificación. Si no se subsana, el expediente se da de baja.
Según una ficha del Ministerio de Industria y Comercio, la constitución con el estatuto estándar tiene costo cero. La certificación de firmas, la apostilla y la traducción no entran en ese costo cero. Nuestros honorarios están en la página de precios.
Capital y aportes
La Ley 6480/2020 da un plazo máximo de dos años para integrar las acciones. Los aportes en bienes se integran por completo en el acto constitutivo, con su valor y los antecedentes que lo justifican.
Un aporte en efectivo menor a 1.200 salarios mínimos no requiere comprobante. Si lo supera, hay que hacer un depósito de garantía del 20% en el Banco Nacional de Fomento. El portal publica el límite de Gs. 3.478.857.600, sujeto a ajuste del salario mínimo.
Los inmuebles, rodados y demás bienes registrables se transfieren a la EAS dentro de los 60 días hábiles posteriores al registro.
RUC, beneficiario final y lo que viene después
En el mismo circuito del SUACE se emiten la constancia de constitución y el RUC. Las constancias de personas jurídicas y de beneficiarios finales las expide la DGPEJBF. La inscripción patronal en IPS y en el Ministerio de Trabajo completa el circuito.
Para el RUC, el representante legal tiene que presentarse en una oficina de la DNIT a firmar los formularios.
La inscripción en el Ministerio de Trabajo es obligatoria dentro de los 60 días desde el inicio de la actividad laboral. Todos los libros societarios y contables de la EAS se rubrican.
Beneficiario final es la persona física que, en forma directa o indirecta, tiene el 10% o más del capital o controla más del 25% de los votos. La ley también incluye a quien ejerce el control por otras vías, como gerentes y administradores (Ley 6446/2019, art. 4). Los cambios se comunican dentro de los 15 días hábiles (art. 7).
La EAS es contribuyente del IRE, con una tasa del 10% sobre la renta neta. Puede optar por el IRE SIMPLE si sus ingresos del ejercicio anterior no superaron G. 2.000.000.000. Los importadores y exportadores liquidan por el régimen general. Al distribuir utilidades, el IDU es del 8% para el socio residente y del 15% para el no residente.
Otras formas societarias
Además de la EAS existen otros tipos, como la sociedad anónima y la sociedad de responsabilidad limitada. La EAS puede transformarse en un tipo del Código Civil o de leyes especiales por decisión unánime de los socios titulares de las acciones con derecho a voto (Ley 6480/2020, art. 34).
Quién hace cada parte
El abogado define el representante legal, revisa los poderes y prepara el estatuto. El contador se ocupa del capital, del RUC y del régimen del IRE. El administrador de empresas sigue el expediente y los plazos.
Requisitos y documentos
- Identidad electrónica del representante legal principal, que se obtiene con cédula paraguaya.
- Representante legal de nacionalidad paraguaya o con cédula paraguaya.
- Socio extranjero sin radicación: documento de identidad o pasaporte del país de origen, escaneado del original en PDF.
- Poder especial (art. 884, inc. l, del Código Civil), apostillado o legalizado si se otorgó en el exterior. Si está en otro idioma, con traducción de un traductor matriculado ante la Corte Suprema de Justicia.
- Documento de constitución: estatuto proforma, documento privado con firmas certificadas por escribano o escritura pública.
- Aporte en efectivo mayor a 1.200 salarios mínimos: boleta del depósito de garantía del 20% en el BNF.
- EAS unipersonal: representante suplente persona física, obligatorio.
- Socio persona jurídica extranjera: escritura de constitución, acta de directorio que apruebe ser socia de la EAS, poder apostillado o legalizado, cédula tributaria del país de origen y documentos de los socios, con traducción.
Costos oficiales
Tasas del organismo, que se pagan directo a él. No incluyen honorarios.
| Concepto | Monto | Vigencia |
|---|---|---|
| Constitución de la EAS con estatuto estándar | Costo cero | Ficha del MIC; el PDF tiene fecha interna de noviembre de 2022. Consultada el 27/10/2026 |
| Depósito de garantía (no es arancel), solo si el aporte en efectivo supera 1.200 salarios mínimos (el portal publica Gs. 3.478.857.600) | 20% del aporte en efectivo | Límite sujeto a ajuste del salario mínimo; portal EAS consultado el 27/10/2026 |
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Preguntas frecuentes
¿Un extranjero sin residencia puede abrir una empresa en Paraguay?
Puede ser socio de una EAS. El portal exige un representante legal de nacionalidad paraguaya o con cédula paraguaya, designado por poder.
¿Hace falta un capital mínimo?
No. La EAS no tiene capital mínimo ni máximo. El plazo máximo para integrar las acciones es de dos años.
¿Cuánto tarda abrir una EAS?
Sin observaciones, el portal indica 72 horas hábiles con el estatuto proforma y 8 días hábiles con documento propio.
¿Cuánto cuesta abrir la EAS ante el Estado?
Según una ficha del MIC, la constitución con el estatuto estándar tiene costo cero. La certificación de firmas, la apostilla y la traducción no entran en ese costo.
¿Qué impuestos paga una EAS?
IRE del 10% sobre la renta neta, o IRE SIMPLE si sus ingresos del año anterior no superaron G. 2.000.000.000 y no importa ni exporta. IVA según la actividad. Al distribuir utilidades, el IDU es del 8% al socio residente y del 15% al no residente.
¿Qué es el beneficiario final?
Es la persona física que, en forma directa o indirecta, tiene el 10% o más del capital, más del 25% de los votos o el control por otras vías (Ley 6446/2019, art. 4).
Fuentes oficiales
- BACN: Ley N° 6480/2020 Que crea la Empresa por Acciones Simplificadas (EAS) (arts. 1, 3, 4, 10, 12 y 34) · consultada el 27/10/2026
- Portal EAS (MIC, SUACE): Preguntas frecuentes (n.° 5, 6, 8, 11, 12, 17 a 21, 24, 26 a 31, 35, 41, 44, 47 a 49, 58 y 59) · consultada el 27/10/2026
- Portal EAS (MIC, SUACE): Requisitos documentales EAS (PDF; fecha interna 01/06/2023) · consultada el 27/10/2026
- Portal EAS (MIC, SUACE): Abrí tu EAS, paso 1 identidad electrónica y paso 2 apertura · consultada el 27/10/2026
- Ministerio de Industria y Comercio: Ficha Empresas por Acciones Simplificadas EAS, Ley 6480/20 (PDF; fecha interna 23/11/2022, cargado en la carpeta 2024/12) · consultada el 27/10/2026
- DNIT: Sobre la DNIT (creada por la Ley N° 7143/2023; aplica las normas de tributos internos) · consultada el 27/10/2026
- BACN: Ley N° 6446/2019 Crea el registro administrativo de personas y estructuras jurídicas y el registro administrativo de beneficiarios finales (arts. 4 y 7) · consultada el 27/10/2026
- BACN: Ley N° 6380/2019 De Modernización y Simplificación del Sistema Tributario Nacional (arts. 2, 21, 26, 28 y 43) · consultada el 27/10/2026
Información revisada en octubre de 2026. Los plazos y las tasas dependen de cada organismo y pueden cambiar. Información general: no reemplaza el análisis de tu caso.
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