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Guía · Empresas

EAS, SRL o SA: qué empresa abrir en Paraguay

Las tres formas limitan la responsabilidad de los socios, pero cambian en la cantidad de socios, el capital, quién administra y el régimen del IRE.

1
socio alcanza para constituir una EAS (Ley 6480/2020, art. 1)
25
cantidad máxima de socios de una SRL (Código Civil, art. 1160)

Tres formas, tres reglas

La Empresa por Acciones Simplificadas (EAS) la creó la Ley 6480/2020. La sociedad de responsabilidad limitada (SRL) y la sociedad anónima (SA) están en el Código Civil paraguayo (CC), la Ley 1183/1985. En las tres, la responsabilidad de los socios tiene límite (CC, arts. 1048 y 1160; Ley 6480/2020, art. 4).

El CC define la sociedad como un contrato entre dos o más personas (art. 959), mientras que la EAS puede tener una sola persona física o jurídica (Ley 6480/2020, art. 1). En la unipersonal, según el portal EAS, el dueño responde en forma ilimitada en caso de quiebra y comparte el número de RUC con la empresa. El paso a paso de la EAS está en la página para abrir empresa.

Fuentes: 1, 2, 3

Tabla comparativa

Cada fila cita su norma.

TemaEASSRLSAFuente
Socios1 o más, personas físicas o jurídicasDe 2 a 252 o másLey 6480, art. 1; CC, arts. 959 y 1160
CapitalSin mínimo ni máximo inicialCuotas iguales de Gs. 1.000 o sus múltiplos, suscriptas en su totalidadSuscripto en su totalidadPortal EAS, preguntas 30 y 31; CC, arts. 1051, 1160 y 1163
Integración en dineroHasta 2 años; con más de 1.200 salarios mínimos en dinero, depósito del 20 %50 % como mínimo, depositado en un banco oficial; el resto en hasta 2 añosAl menos el 25 %, depositado en el Banco Central del ParaguayLey 6480, art. 10; requisitos del portal EAS; CC, arts. 1051, 1059 y 1164
ResponsabilidadHasta los aportes comprometidos, después de la inscripciónPor el valor de los aportesLa sociedad responde solo con su patrimonioLey 6480, art. 4; CC, arts. 1048 y 1160
ConstituciónEstatuto proforma, documento privado con firmas certificadas o escritura públicaEscritura públicaEscritura públicaLey 6480, art. 5; guía DGPEJBF para SRL; CC, art. 1050
Por dónde entraSolo por el SUACESUACE o fuera de él; inscripción en los Registros PúblicosSUACE o fuera de él; inscripción en los Registros PúblicosLey 6480, art. 5; SUACE, preguntas 3 y 9
AdministraciónRepresentante legal; órgano de administración opcionalGerentes, socios o noDirectorio elegido por la asamblea; directores accionistas o noLey 6480, arts. 5 y 26; CC, arts. 1102, 1103 y 1174
FiscalizaciónSíndico opcionalSíndico opcionalSíndicos obligatorios, domiciliados en el paísPortal EAS, pregunta 25; CC, arts. 1117, 1118 y 1175
Venta de la participaciónEl estatuto puede prohibirla hasta por 5 añosA terceros, con 3/4 del capital o unanimidadAcciones nominativasLey 6480, art. 16; CC, art. 1166; guía DGPEJBF para SA
Régimen del IREGeneral o SIMPLEGeneralGeneralLey 6380, arts. 2 y 26; portal EAS, pregunta 47

Fuentes: 1, 2, 3, 6, 7, 9, 10, 13, 4

EAS: qué cambia frente a las sociedades del Código Civil

El estatuto define libremente la estructura de la empresa (Ley 6480/2020, art. 19). El órgano de administración y el síndico son opcionales, pero siempre hay que designar un representante legal (arts. 5 y 26), y la EAS unipersonal necesita un suplente persona física (Res. DGPEJBF 01/2021, según el portal).

Antes de la inscripción, cada integrante responde en forma solidaria e ilimitada por lo que se contrate en nombre de la empresa (art. 4). Los socios garantizan ante terceros la integración de los aportes comprometidos (art. 13), y una EAS unipersonal no puede integrar otra EAS unipersonal (art. 1).

La EAS no sirve para actividades financieras, educación superior ni ONG, y todos sus libros se rubrican.

Fuentes: 1, 3

SRL: pocos socios y control sobre quién entra

En la SRL, el capital se divide en cuotas iguales de Gs. 1.000 o sus múltiplos, y los socios no pueden ser más de 25 (CC, art. 1160). El capital se suscribe completo, y los aportes en dinero se integran al menos en un 50 %, con el resto en hasta 2 años (arts. 1163 y 1164). La guía de la DGPEJBF pide el comprobante de ese depósito.

Las cuotas no son títulos negociables. Para cederlas a alguien de afuera hace falta el acuerdo de socios que representen tres cuartos del capital si son más de cinco, y unanimidad si son cinco o menos (art. 1166).

La administración queda en manos de uno o más gerentes, socios o no, sin plazo en el cargo (art. 1174). Cambiar el objeto o transformar la sociedad exige unanimidad; lo demás se decide por mayoría de capital (art. 1177). La SRL no puede hacer operaciones bancarias, de seguros, de capitalización y ahorro (art. 1162).

Fuentes: 2, 7

SA: más socios, directorio, síndico y acciones

En la SA, la participación de los socios se representa en acciones (CC, art. 1048). Se constituye por escritura pública (art. 1050), con el capital suscripto completo y al menos la cuarta parte de los aportes en dinero depositada en el Banco Central del Paraguay (art. 1051). La guía de la DGPEJBF pide que la escritura aclare que todas las acciones son nominativas (Ley 5895/2017).

El directorio lo designa la asamblea ordinaria, si no se nombró en el acto constitutivo. Los directores pueden no ser accionistas y, salvo otra regla del estatuto, duran un ejercicio (arts. 1102, 1103 y 1105). La fiscalización está a cargo de síndicos titulares y suplentes domiciliados en el país (arts. 1117 y 1118), y la asamblea ordinaria es anual (art. 1081).

Fuentes: 2, 6

Socio extranjero: qué dicen las fuentes oficiales

Según el portal EAS, un extranjero sin radicación permanente puede crear una EAS y ser socio si cuenta con un representante legal de nacionalidad paraguaya o con radicación permanente (pregunta 21). En la pregunta 19, el representante legal debe tener nacionalidad o cédula paraguaya, «sin excepciones». Sin radicación permanente, los socios extranjeros no pueden integrar el órgano de administración (pregunta 20).

Si designás al representante con un poder otorgado en tu país, va apostillado o legalizado; la traducción al español, por un traductor matriculado en la Corte Suprema de Justicia, solo si está en otro idioma. Un poder hecho en Paraguay se inscribe en el Registro de Poderes. La página de poderes y documentos lo explica.

Para la SA y la SRL, los artículos del CC sobre directores y gerentes no ponen requisitos de nacionalidad, pero los síndicos de la SA deben estar domiciliados en el país. La lista del SUACE para sociedades pide copia autenticada de la cédula de identidad del representante legal, los directivos y los socios. Para inscribir la SA, la SRL o la EAS en el RUC, la DNIT le pide al representante legal extranjero la cédula paraguaya vigente; a los socios personas físicas, la cédula o un documento de identidad vigente (Anexo 1 de la RG DNIT 34/2025).

Por eso conviene resolver antes la residencia y la cédula de quien va a administrar. El test ¿Qué residencia me corresponde? te muestra el camino según tu perfil.

Fuentes: 3, 4, 2, 10, 19

Impuestos de la empresa: IRE, IDU e IVA

Las tres pagan IRE del 10 % sobre la renta neta (Ley 6380/2019, art. 21). La diferencia está en el SIMPLE, para ingresos del año anterior de hasta Gs. 2.000.000.000: la ley lo reserva a los numerales 1 y 8 del art. 2 (art. 26), y la SA y la SRL están en el numeral 2. El portal EAS ubica a la EAS en el numeral 8 y dice que puede optar por el SIMPLE, salvo que importe o exporte (art. 28).

En el régimen general, la declaración y los estados financieros vencen en el cuarto mes después del cierre; en el SIMPLE, la declaración vence en el tercero. La multa de la DNIT por estados financieros fuera de plazo es de Gs. 400.000.

Al distribuir utilidades, el socio paga el IDU, que retiene la empresa: 8 % si es residente y 15 % si no lo es (arts. 41 y 43). En la SA, la utilidad queda a disposición cuando la asamblea decide distribuirla; en la SRL, en el plazo del estatuto o, si no lo fija, en el cuarto mes después del cierre (art. 44).

La empresa también es contribuyente del IVA (art. 82). La guía de impuestos en Paraguay explica el lado del socio, y la contabilidad se ocupa de las declaraciones de la empresa.

Fuentes: 13, 3, 14, 15, 16, 17

RUC, factura electrónica y beneficiario final

En la EAS, el RUC sale dentro del circuito del SUACE, pero el representante legal firma en persona en una oficina de la DNIT. Sin RUC no se emiten comprobantes legales; la página del RUC explica el registro. Desde el 01/04/2025, las personas jurídicas nuevas emiten solo documentos electrónicos (RG DNIT 21/2024, art. 9).

Las tres informan sus beneficiarios finales a la DGPEJBF, que hoy depende del Ministerio de Economía y Finanzas (Ley 6446/2019). Beneficiario final es la persona física que tiene el 10 % o más del capital, controla más del 25 % de los votos o ejerce el control por otras vías, como gerentes y administradores (art. 4). La empresa nueva tiene 45 días hábiles desde su constitución y cada cambio se comunica en 15 días hábiles (arts. 3, 5 y 7). Según el MEF, el plazo de 2026 para iniciar la actualización anual (Decreto 3241/2020, art. 10) venció el 30 de junio.

Si la empresa no cumple, no puede operar con el sistema financiero, se le bloquea el RUC y queda sujeta a una multa de 50 a 500 jornales mínimos o de hasta el 30 % de las utilidades a distribuir (arts. 8 y 9).

Fuentes: 3, 18, 20, 21, 11, 8, 12

Costos y plazos que publican los organismos

Los honorarios de escribanía y de asesoría no son tasas oficiales.

  • SUACE: la apertura por su ventanilla es gratuita; las instituciones que participan cobran sus tasas.
  • DGPEJBF: según sus guías para SA y SRL, todos sus trámites son gratuitos.
  • EAS con estatuto estándar: costo cero, según una ficha del MIC con fecha interna de noviembre de 2022, que no habla de la certificación de firmas, la apostilla ni la traducción.
  • EAS sin observaciones: según el portal EAS, 72 horas hábiles con estatuto proforma y 8 días hábiles con documento propio.
  • SA y SRL: las guías del SUACE y de la DGPEJBF no publican plazo.

Fuentes: 9, 6, 7, 5, 3

Cómo elegir y qué cambia la empresa en tu residencia

Si vas a emprender solo con responsabilidad limitada, de las tres solo la EAS admite un único socio, y solo ella puede optar por el IRE SIMPLE. Si los socios quieren controlar quién entra, la SRL ya trae la regla de los tres cuartos del capital. Y la EAS puede transformarse después en SA o SRL por decisión unánime de los socios con derecho a voto (Ley 6480/2020, art. 34).

La empresa también cuenta para la residencia permanente. En el anexo de la Res. DNM 407/2026, la categoría de accionistas o socios pide la constitución inscripta en el Registro Unificado Nacional (RUN) con tu nombre, o los libros de accionistas inscriptos; para la EAS, la constancia de la DGPEJBF. El verificador de la Res. 407 los detalla.

Antes de abrir, un contador matriculado revisa con vos la forma, el capital y el régimen del IRE. Después, acompañamos el trámite y las primeras declaraciones.

Fuentes: 1, 2, 13, 22, 23

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Preguntas frecuentes

¿Un extranjero sin residencia puede abrir una empresa en Paraguay?

En la EAS puede ser socio, con un representante legal de nacionalidad paraguaya o con cédula paraguaya designado por poder. Sin radicación permanente no puede integrar el órgano de administración, según el portal EAS. Para el RUC de la empresa, la DNIT le pide cédula paraguaya al representante legal extranjero.

¿Puedo abrir una SRL solo?

No. El Código Civil define la sociedad como un contrato entre dos o más personas (art. 959). Para un único dueño están la EAS unipersonal y la empresa unipersonal.

¿Cuál paga menos impuestos?

No hay una respuesta única. Las tres pagan IRE del 10 % y, al distribuir, IDU del 8 % o del 15 %. Solo la EAS puede optar por el IRE SIMPLE, con ingresos del año anterior de hasta Gs. 2.000.000.000 y sin importar ni exportar.

¿Cuánto cuesta abrir la empresa ante el Estado?

El SUACE y la DGPEJBF informan que sus trámites son gratuitos. Las otras instituciones cobran sus tasas, como las judiciales de inscripción, la licencia municipal y la patente comercial.

Fuentes oficiales

  1. BACN, Ley N° 6480/2020 Que crea la Empresa por Acciones Simplificadas (EAS) (arts. 1, 4, 5, 10, 11, 13, 16, 19, 26, 31 y 34) · consultada el 27/10/2026
  2. BACN, Ley N° 1183/1985 Código Civil, III Parte, Libro Tercero (arts. 959, 1048 a 1124 y 1160 a 1178) · consultada el 27/10/2026
  3. Portal EAS (MIC, SUACE): Preguntas frecuentes (n.° 1, 8, 17 a 21, 24, 25, 30, 31, 35, 39, 41, 47, 48, 49, 58 y 59) · consultada el 27/10/2026
  4. Portal EAS (MIC, SUACE): Requisitos documentales EAS (PDF; fecha interna 01/06/2023) · consultada el 27/10/2026
  5. Ministerio de Industria y Comercio: Ficha Empresas por Acciones Simplificadas EAS, Ley 6480/20 (PDF; fecha interna 23/11/2022, cargado en la carpeta 2024/12) · consultada el 27/10/2026
  6. MEF, DGPEJBF: Guía de requisitos para trámites, Constitución de Sociedades Anónimas (PDF, carpeta 2025-01) · consultada el 27/10/2026
  7. MEF, DGPEJBF: Guía de requisitos para trámites, Dictámenes, Constitución de Sociedad de Responsabilidad Limitada (PDF, carpeta 2025-01) · consultada el 27/10/2026
  8. MEF, Dirección General de Personas y Estructuras Jurídicas y de Beneficiarios Finales (página institucional) · consultada el 27/10/2026
  9. SUACE (MIC): Preguntas frecuentes (n.° 1, 2, 3, 6 y 9) · consultada el 27/10/2026
  10. SUACE (MIC): Requisitos generales para personas jurídicas (sociedades), versión 28/08/2023 · consultada el 27/10/2026
  11. BACN, Ley N° 6446/2019 Registro administrativo de personas y estructuras jurídicas y de beneficiarios finales (arts. 2, 3, 4, 5, 7, 8 y 9) · consultada el 27/10/2026
  12. MEF, noticia de junio de 2026: vence el 30 de junio la actualización anual del registro de personas y estructuras jurídicas (Decreto 3241/2020, art. 10) · consultada el 27/10/2026
  13. BACN, Ley N° 6380/2019 De modernización y simplificación del sistema tributario nacional (arts. 2, 21, 26, 28, 41, 43, 44 y 82) · consultada el 27/10/2026
  14. DNIT, Biblioteca impositiva: IRE (SIMPLE y general 10 %; RESIMPLE) · consultada el 27/10/2026
  15. DNIT, Biblioteca impositiva: IDU (residentes 8 %, no residentes 15 %) · consultada el 27/10/2026
  16. DNIT, Vencimiento Ley N° 6380/19: Calendario Perpetuo de Vencimientos (RG 38/2020) · consultada el 27/10/2026
  17. DNIT, Anexo de la Resolución General N° 13/2019: incumplimientos de deberes formales y multas por contravención · consultada el 27/10/2026
  18. DNIT, Sobre la DNIT (creada por la Ley N° 7143/2023; aplica las normas de tributos internos) · consultada el 27/10/2026
  19. DNIT, Anexo 1 de la Resolución General DNIT N.° 34/2025: documentos requeridos para la inscripción en el RUC · consultada el 27/10/2026
  20. DNIT, Resolución General DNIT N° 21/2024 (30/12/2024): adhesión obligatoria y voluntaria a documentos electrónicos (art. 9) · consultada el 27/10/2026
  21. DNIT, Factura electrónica (SIFEN, e-Kuatia y e-Kuatia'i) · consultada el 27/10/2026
  22. Dirección Nacional de Migraciones, Residencia permanente por cambio de categoría (Ley 6984/2022), con el anexo de categorías de solvencia económica · consultada el 27/10/2026
  23. Dirección Nacional de Migraciones, Migraciones actualiza el régimen de acreditación de solvencia económica para extranjeros (25/06/2026, Res. DNM 407/2026) · consultada el 27/10/2026

Información revisada en octubre de 2026. Los plazos y las tasas dependen de cada organismo y pueden cambiar. Información general: no reemplaza el análisis de tu caso.

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